El presidente Abelardo De La Espriella expidió el martes el Decreto 1525 del 13 de octubre de 2026, que cambia las reglas con las que la Policía actúa en las protestas. «¡Cumplí mi palabra y aquí está el Decreto!», dijo el mandatario, que lo había anunciado en su alocución del lunes festivo.
«En Colombia se respeta la protesta pacífica, pero ¡no se toleran la violencia, el vandalismo ni los bloqueos que atropellan los derechos de millones de ciudadanos!», afirmó. Y agregó: «¡Se acabó la guachafita! ¡La protesta se respeta, pero la violencia no se tolera!».
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El decreto, expedido a través del Ministerio del Interior, modifica el Decreto 003 de 2021, que regulaba hasta ahora la actuación de las autoridades en las manifestaciones. El cambio central es que el diálogo y la intervención policial podrán ir al mismo tiempo. Según el texto, citado por El Universal, la obligación de privilegiar el diálogo es «una regla de preferencia de medios de intervención respecto de la manifestación en su conjunto, y no un requisito previo» que impida actuar contra quienes cometan actos violentos.
La Policía podrá intervenir cuando haya porte o uso de armas de fuego, armas blancas, explosivos o artefactos incendiarios, retención de personas, agresiones contra terceros, funcionarios, uniformados, misiones médicas o periodistas, o destrucción de infraestructura. En esos casos no tendrá que agotar los primeros tres niveles de actuación si hay razones objetivas que lo hagan imposible, pero deberá justificar por escrito en el acta del Puesto de Mando Unificado (PMU) por qué omitió cada nivel.
El decreto también fija límites. La intervención no podrá basarse solo en la convocatoria, en los mensajes de la protesta, en discursos previos o en que algunas personas tengan el rostro cubierto. Se mantiene la prohibición de armas de fuego para los uniformados que intervengan y la regla de que las Fuerzas Militares no participan. Disolver un bloqueo de vía solo se podrá ordenar en casos excepcionales, cuando la perturbación sea grave y sostenida y no haya una alternativa menos lesiva.
Además, las autoridades deberán abrir corredores solidarios para el paso de ambulancias, bomberos, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes y niños, y para el transporte de medicamentos y alimentos perecederos. La Procuraduría y la Defensoría del Pueblo tendrán acceso al acta y a la bitácora del PMU.
La norma tendrá su primera prueba este miércoles con la marcha nacional convocada por la CUT y otras organizaciones. Sindicatos como la CUT la consideran un intento de limitar el derecho a la protesta.

