La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible, con una votación de 7 a 1, la mayor parte del articulado de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), respaldando la estructura del nuevo modelo basado en pilares. El magistrado Carlos Márquez fue el único voto disidente y anunció que presentará un salvamento de voto.

El alto tribunal identificó vicios de procedimiento —no de fondo— en nueve disposiciones puntuales del articulado: el inciso 4º del artículo 11, el artículo 14, el literal k del artículo 19, el parágrafo transitorio del artículo 23, el artículo 36, el inciso 2º del artículo 63, el numeral 5º del artículo 84, el inciso 1º del artículo 92 y el artículo 93. La Corte le dio a la plenaria de la Cámara de Representantes un plazo máximo de 30 días hábiles para corregir esos vicios de trámite.

La decisión deja en firme la transición hacia el modelo de pilares, que articula al fondo público Colpensiones con las administradoras privadas, y otorga certeza jurídica a los cotizantes y al sector financiero mientras el Congreso corrige los artículos observados. Las disposiciones ya declaradas exequibles entrarán en vigencia el 1 de abril de 2027.